¿Qué tasa de alcohol puedes tener al volante en 2026? ¿Cuándo es delito y cuándo solo multa? ¿Va a bajar el límite a 0,2 g/l en sangre? Te lo explico con tres casos reales que he defendido y con la normativa vigente.
Cada semana atiendo a conductores que han soplado en un control y no saben a lo que se enfrentan. La respuesta depende de unos datos que casi nadie conoce con precisión: la tasa registrada, cómo se ha obtenido, el acta de sintomatología y si ha habido daños materiales o personales.
¿Cuál es la tasa de alcoholemia permitida en España en 2026?
En España conviven dos vías distintas para castigar la conducción alcohólica: la penal y la administrativa.
La vía penal: el delito del artículo 379.2 del Código Penal
Conducir bajo los efectos del alcohol con una tasa superior a 0,60 mg/l en aire espirado o 1,2 g/l en sangre. Aquí la pena prevista es la retirada de carné de 1 a 4 años y además una de estas tres penas: multa, trabajos en beneficio de la comunidad o pena de prisión.
La vía administrativa: artículo 20 del Reglamento General de Circulación
Conducir bajo los efectos del alcohol con una tasa que supere los 0,25 mg/l y hasta 0,60 mg/l donde ya comenzaría la vía penal.
Esta tasa se rebaja a 0,15 mg/l. para conductores profesionales y conductores con menos de 2 años de carné.
La sanción en estos casos es, si la tasa no supera los 0,50 mg/l la sanción es de pérdida de 4 puntos y multa de 500 €. Y si la tasa supera los 0,50 mg/l y hasta a 0,60 mg/l la sanción es de 6 puntos de retirada y multa de 1.000 euros.
Centrándonos en la vía penal debemos hacer las siguientes consideraciones en relación con casos reales que he defendido y que ilustran lo que está en juego:
1º.- Si se supera el 0,60 mg/l se inicia la vía penal, pero se debe tener en cuenta el margen de error que tiene todo etilómetro (aparato medidor del alcohol). Me he encontrado en ocasiones que pese a que la tasa del etilómetro supera el 0,60 mg/l. no se ha iniciado la vía penal al aplicar el margen de error del etilómetro. Todo ello en base a la Sentencia del Tribunal Supremo 418/2025, de 7 de mayo.
2º.- Si se supera el 0,60 mg/l. hay que ver si las pruebas se han obtenido respetando todos los derechos de la persona, y si está toda la documentación necesaria para que la prueba de alcohol sea válida. He ganado asuntos de alcoholemia por defectos en la realización de las pruebas de alcohol. La casuística es variada.
3º.- Cuidado, pues hay situaciones en las que se puede imputar un delito de alcoholemia por vía penal estando la tasa por debajo de 0,60 mg/l. Esto ocurre cuando la tasa oscila entre 0,40 y 0,60 mg/l. y ha habido un accidente o ha habido una infracción de tráfico de cierta gravedad. He llevado casos en los que he librado al cliente de la imputación penal, pero es cierto que estos casos son complejos pues los daños complican una solución favorable.
4º.- Ojo, con los daños personales. Si conduces afectado por el alcohol con una tasa superior a 0,40 mg/l y produces daños personales, te pueden imputar un delito de lesiones además del delito por conducir bajo los efectos del alcohol, con lo que las penas que te pueden pedir se pueden duplicar.
Casos reales que ilustran lo que está en juego
Caso 1: 0,65 mg/l y una absolución al alcance de la mano
Un cliente fue parado en un control preventivo de alcoholemia y arrojó una tasa de 0,65 mg/l de alcohol en aire espirado. Esa cifra supera el umbral de 0,60 mg/l a partir del cual la conducción es delito por sí sola, sin necesidad de probar que el conductor tuviera mermadas sus facultades. A primera vista, el asunto parecía perdido. Pero aplicando la jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre el margen de error de los etilómetros estos casos se pueden ganar.(Sentencia del Tribunal Supremo 418/2025, de 7 de mayo).
Caso 2: Tasa de 0,43 mg/l. Absolución
Un cliente conducía y colisionó con el vehículo que le precedía que frenó en una retención. Le hicieron las pruebas de alcohol a mi cliente y dio una tasa de 0,43 mg/l. y le imputaron un delito. Pues bien, conseguimos que la causa se archivara, pero de entrada se inició un procedimiento penal contra él con todo lo que ello comporta.
Caso 3: Tasa de 1,64 mg/l, petición de prisión y final con multa.
En otro asunto la tasa fue de 1,64 mg/l, más del doble del umbral penal. Con esta tasa la Fiscalía solicitaba pena de prisión, un escenario que asusta a cualquiera, y más a quien no tiene experiencia en un juzgado.
Trabajamos la defensa para evitar la cárcel y el resultado fue que la pena quedó en una multa y la retirada del carné. Pudimos plantear que no hubo ningún accidente, que el vehículo estaba parado cuando vino la patrulla, que el acta de sintomatología no era muy desfavorable y la persona colaboró con los agentes.
¿Se va a rebajar la tasa a 0,2 g/l?
Debido al alto índice de siniestralidad en cuya producción interviene el factor de la afectación alcohólica; el Ministerio del Interior y la DGT impulsaron una reforma del Reglamento General de Circulación para unificar el límite en 0,2 g/l en sangre (0,1 mg/l en aire) para todos los conductores, equiparando a los conductores generales con los noveles y profesionales. La reforma no está aprobada ni vigente. El Congreso aprobó tramitar una nueva proposición de ley el 29 de septiembre de 2026 (pendiente de aprobación).
Conclusión
Una acusación por alcoholemia puede suponer enfrentarse a un procedimiento penal que puede tener importantes consecuencias personales y laborales. La retirada del carné, una multa o una posible pena de prisión pueden afectar a tu trabajo, a tu vida familiar y a tu día a día. Por eso, tu caso merece un estudio detallado y una defensa orientada a evitar una condena cuando sea posible o a reducir sus consecuencias al mínimo.
Llevo más de 20 años dedicado exclusivamente a la defensa de delitos de alcoholemia y contra la seguridad del tráfico. Esa experiencia me permite analizar cada asunto con rigor: desde la validez de las pruebas y el margen de error del etilómetro hasta la tasa de alcohol arrojada, las circunstancias de la conducción y las posibilidades de defensa que ofrece el expediente.
Mi compromiso es explicarte con claridad a qué te enfrentas, qué opciones tenemos y cómo podemos defender tu caso. Si te han acusado de un delito de alcoholemia, confía en mi experiencia. Estudiaré tu situación personalmente y pondré todo mi conocimiento al servicio de tu defensa.
